El Magister Serapio Vega Monge, consultor, dio a conocer las estrategias y metodologías de la escisión de Santo tomas de EMPSSAPAL, con los objetivos establecidos:
1. Separar al Distrito de Santo Tomas de la empresa de agua potable EMPSSAPAL.
2. Crear una empresa con autonomía administrativa y económica.
3. Implementar un programa de Emergencia para la gestión inmediata del servicio de Agua potable, mediante una unidad de gestión Administrativa de Saneamiento (UGAS) Santo Tomas.
4. Lograr la participación activa de Autoridades y Población organizada y en general de todo Chumbivilcano, para logar este objetivo, que es una decisión política acertada e histórica para Santo Tomás luego de más 15 años de dependencia de Sicuani.
La Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 5º, las Municipalidades Provinciales son responsables de la prestación de los servicios de Saneamiento; y en consecuencia les corresponde otorgar el Derecho de explotación a las EPS, de conformidad con las disposiciones establecidas en la presente Ley y en su Reglamento, D.S. Nº 031-2008- VIVIENDA, modifica el TUO del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento y Ley General de Sociedades Ley Nº 26887.