Los acuerdos son adoptados por mayoría calificada o mayoría simple, según lo establece la Ley. “El alcalde tiene solo voto dirimente en caso de empate”.
Articulo modificado por el artículo único de la Ley No 28268, de fecha 03 de julio del 2004.
Los cuatro regidores a través del documento señalan que el alcalde en la sesión de concejo extraordinaria el alcalde voto en dos oportunidades, uno como miembro del concejo edil y otro para dirimir un empate en la conformación de comisiones de trabajo.
En el punto tres del documento señala, “en vista de esa arbitrariedad y mal uso de nuestro reglamento interno y desconocimiento de la ley, es que solicitamos que el artículo 72 del reglamento interno deber ser modificado de acuerdo a Ley”
Finalmente en la parte final reiteran su pedido de reconsideración de la sesión extraordinaria, documento formado por los regidores, Paulina Moler, Danilo Pezo, Hilario Valenzuela y José Luis Quintasi.